{"id":5218,"date":"2019-01-23T09:05:51","date_gmt":"2019-01-23T08:05:51","guid":{"rendered":"https:\/\/eldominio.ovh\/?page_id=5218"},"modified":"2019-06-05T08:37:06","modified_gmt":"2019-06-05T07:37:06","slug":"estatutos","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/melillamonumental.es\/ar\/fundacion-melilla-ciudad-monumental\/normativa\/estatutos\/","title":{"rendered":"Estatutos"},"content":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column width=\u00bb3\/4&#8243;][vc_column_text]<strong style=\"text-decoration-line: underline; text-decoration-color: #E2B13B;\">PRE\u00c1MBULO<\/strong><\/p>\n<p>Resulta indiscutible que uno de los principales valores culturales de la ciudad de Melilla es el conjunto de sus recintos hist\u00f3ricos y art\u00edsticos, que forman un patrimonio cultural que ha ido forjando una ciudad monumental en realizaciones materiales. Gran parte de ese patrimonio est\u00e1 formado por los recintos hist\u00f3ricos de Melilla la Vieja, cuya cronolog\u00eda abarca desde el Renacimiento hasta el Barroco, y por los ensanches que definen en el siglo XX una ciudad modernista. Ambas realidades fundamentan una excepcional pasado y exige una proyecci\u00f3n hacia el futuro acorde con su valor y categor\u00edas, que sirven para aunar esfuerzos y evidencian la aportaci\u00f3n de Melilla a la cultura y al arte espa\u00f1ol, mediterr\u00e1neo y universal.<\/p>\n<p><strong style=\"text-decoration-line: underline; text-decoration-color: #E2B13B;\">CAPITULO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>Disposiciones Generales<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 1. \u2013 Constituci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>La Fundaci\u00f3n Ciudad Monumental de Melilla se constituye como una entidad de derecho p\u00fablico integrada dentro de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla y se adscribe a la Consejer\u00eda de Cultura y Festejos.\u00bb<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 2.- Personalidad jur\u00eddica.<\/strong><\/p>\n<p>La Fundaci\u00f3n tiene personalidad jur\u00eddica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines espec\u00edficos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 3. Fines.<\/strong><\/p>\n<p>La Fundaci\u00f3n tiene por objeto la cooperaci\u00f3n econ\u00f3mica, t\u00e9cnica y administrativa entre las Consejer\u00edas de la Ciudad Aut\u00f3noma, los organismos de la organizaci\u00f3n e intensificaci\u00f3n de las actuaciones relativas a la conservaci\u00f3n, restauraci\u00f3n acrecentamiento y revalorizaci\u00f3n de la riqueza patrimonial, hist\u00f3rica, arqueol\u00f3gica y monumental de Melilla.<\/p>\n<p>El \u00e1mbito de acci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n se centra en los recintos fortificados de Melilla la Vieja y en el ensanche modernista, comprendidos en la categor\u00eda de Bien de inter\u00e9s Cultural (RD. 2753\/1986 de 5 de diciembre), as\u00ed como los denominados Fuertes Exteriores y entorno natural, declarados igualmente Bienes de Inter\u00e9s Cultural.<\/p>\n<p>En concreto la Fundaci\u00f3n tiene como sus fines principales:<\/p>\n<p>a) Concienciar sobre el valor del patrimonio de la ciudad como se\u00f1a de identidad de Melilla, facilitando las relaciones de convivencia y tolerancia de los melillenses.<br \/>\nb) Promover y tutelar la conservaci\u00f3n, restauraci\u00f3n y mantenimiento del patrimonio hist\u00f3rico-art\u00edstico.<br \/>\nc) Realizar labores de investigaci\u00f3n, estudio y documentaci\u00f3n del patrimonio melillense.<br \/>\nd) Divulgar a nivel nacional e internacional el patrimonio melillense.<br \/>\ne) Facilitar las actividades en relaci\u00f3n con el patrimonio melillense, para su enriquecimiento.<br \/>\nf) Buscar y favorecer la inclusi\u00f3n de Melilla en foros culturales nacionales e internacionales.<br \/>\ng) Colaborar, mediante la elaboraci\u00f3n de estudios e informes, con las distintas Administraciones en todos los proyectos que se ejecutan o afecten al patrimonio de la ciudad.<br \/>\nh) Colaborar con las Administraciones, y a iniciativa popular, para impulsar actividades econ\u00f3micas que tienden a conservar, restaurar y mantener el patrimonio melillense en su grado \u00f3ptimo.<br \/>\ni) Colaborar con las Administraciones en actuaciones de \u00edndole social y cultural. As\u00ed como el mantenimiento de la calidad de vida mediante el apoyo a los programas de formaci\u00f3n y empleo.<br \/>\nj) Colaborar con las Administraciones en la promoci\u00f3n de actividades culturales, tur\u00edsticas y artesanales que propicien el desarrollo sostenible de los barrios incluidos en la zona hist\u00f3rica de la ciudad.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 4.- Duraci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>La Instituci\u00f3n se constituye por tiempo indefinido y s\u00f3lo podr\u00e1 disolverse por las causas previstas en la Ley o en los presentes Estatutos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 5.- R\u00e9gimen Jur\u00eddico.<\/strong><\/p>\n<p>La Fundaci\u00f3n Ciudad Monumental de Melilla se rige por las Disposiciones de sus Estatutos y sus normas de desarrollo, por las normas estatutarias propias de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla, por las disposiciones de la Ley 7\/1985, de 2 de abril en redacci\u00f3n dada por la Ley 57\/2003, de 16 de diciembre, relativa a organismos aut\u00f3nomos locales y por lo establecido en la legislaci\u00f3n reguladora de las Haciendas Locales en cuanto a su presupuesto, contabilidad y control.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 6.- Sede<\/strong><\/p>\n<p>La Fundaci\u00f3n tiene su sede en la ciudad de Melilla.<\/p>\n<p><strong style=\"text-decoration-line: underline; text-decoration-color: #E2B13B;\">CAPITULO II.<\/strong><\/p>\n<p>\u00d3rganos de Gobierno y Administraci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 7.- Enumeraci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Son \u00f3rganos de Gobierno y administraci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n los siguientes:<br \/>\na) El Consejo Rector<br \/>\nb) La Comisi\u00f3n Ejecutiva.<br \/>\nc) El Presidente de la Fundaci\u00f3n.<br \/>\nd) El Director-Gerente.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 8.- Car\u00e1cter y composici\u00f3n del Consejo Rector<\/strong><\/p>\n<p>El Consejo Rector constituye el \u00f3rgano superior de gobierno y administraci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n. Est\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>-Presidente de Honor:<br \/>\nSM. El Rey D. Juan Carlos I de Borb\u00f3n.<\/p>\n<p>-Presidente:<br \/>\nPresidente de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<\/p>\n<p>-Vicepresidente:<br \/>\nPresidente de la Comisi\u00f3n Ejecutiva de la Fundaci\u00f3n \u201cMelilla Ciudad Monumental\u201d.<\/p>\n<p>-Vocales:<br \/>\n&#8211; Consejero de la Presidencia de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<br \/>\n&#8211; Consejero de Cultura de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<br \/>\n&#8211; Consejero de Obras p\u00fablicas y Urbanismo de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<br \/>\n&#8211; Consejero de Medio Ambiente de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<br \/>\n&#8211; Consejero de Econom\u00eda, Hacienda y Patrimonio de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<br \/>\n&#8211; Consejero de Educaci\u00f3n de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<br \/>\n&#8211; Diputados Locales representantes de los Grupos de la Asamblea de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla. El n\u00famero, proporci\u00f3n y sistema de elecci\u00f3n se determinar\u00e1 conforme a los criterios representativos establecidos para la elecci\u00f3n de los \u00f3rganos Colegiados de la Asamblea.<br \/>\n-Cuatro miembros elegidos entre personas de reconocido prestigio de la Ciudad que hayan participado o destacado en el desarrollo, estudio y defensa del Patrimonio de la Ciudad, en sus aspectos t\u00e9cnicos, hist\u00f3ricos, jur\u00eddicos, art\u00edsticos, monumentales o arqueol\u00f3gicos.<br \/>\n-Un representante de la Administraci\u00f3n Central.<\/p>\n<p>-Secretario:<br \/>\nUn funcionario del Cuerpo o Escala para cuyo ingreso se exija titulaci\u00f3n superior, al que corresponder\u00e1 las funciones de fe p\u00fablica y asesoramiento legal.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 9.- Competencias del Consejo Rector<\/strong><\/p>\n<p>El Consejo Rector tiene las siguientes atribuciones:<br \/>\na) Fijar las directrices y criterios generales de actuaci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n.<br \/>\nb) Aprobar los reglamentos y normas de r\u00e9gimen interno de la Fundaci\u00f3n y de todos los \u00f3rganos que lo integran.<br \/>\nc) Elegir a propuesta del Presidente los Cuatro miembros que completan este Consejo Rector.<br \/>\nd) Aprobar los presupuestos anuales de la Fundaci\u00f3n, las cuentas y la liquidaci\u00f3n de los presupuestos.<br \/>\ne) Aprobar, a propuesta de la Comisi\u00f3n Ejecutiva, el plan anual de actuaciones y proyectos.<br \/>\nf) Aprobar, la forma de gesti\u00f3n por la que se deban regir los servicios de la Fundaci\u00f3n.<br \/>\ng) Aprobar, a propuesta de la Comisi\u00f3n Ejecutiva, la plantilla del personal y la forma de provisi\u00f3n de provisi\u00f3n de los puestos creados.<br \/>\nh) La aprobaci\u00f3n de las normas de endeudamiento.<br \/>\ni) Proponer la modificaci\u00f3n de los Estatutos.<br \/>\nj) Proponer la disoluci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n.<br \/>\nk) Ejercer todas aquellas atribuciones no expresamente asignadas a otros \u00f3rganos en los presentes Estatutos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 10.- Reuniones del Consejo Rector<\/strong>.<\/p>\n<p>El Consejo Rector que se reunir\u00e1 con car\u00e1cter ordinario una vez al semestre y con car\u00e1cter extraordinario siempre que sea convocado por el Presidente o, al menos, la mitad de sus miembros.<\/p>\n<p>Las reuniones se celebrar\u00e1n en primera convocatoria cuando concurra como m\u00ednimo la mitad de sus miembros. De no alcanzarse dicho qu\u00f3rum, se celebrar\u00e1 media hora despu\u00e9s una segunda convocatoria cuando concurran al menos un tercio de sus miembros.<\/p>\n<p>Los acuerdos requerir\u00e1n el voto favorable de la mayor\u00eda simple de los miembros presentes en la reuni\u00f3n, a excepci\u00f3n de las competencias de proposici\u00f3n de la modificaci\u00f3n de los Estatutos y de proposici\u00f3n de la disoluci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n, para los que ser\u00e1 preciso el voto favorable de la mayor\u00eda absoluta de sus miembros.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 11.- Competencias del Presidente de la Fundaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>El Presidente de la Fundaci\u00f3n tendr\u00e1 las siguientes atribuciones:<br \/>\na) Ejercer la m\u00e1s alta representaci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n.<br \/>\nb) Convocar, presidir y dar por finalizadas las reuniones del Consejo Rector y dirigir sus deliberaciones.<br \/>\nc) Velar por la ejecuci\u00f3n de los acuerdos que adopte el Consejo Rector.<br \/>\nd) Concertar y firmar los compromisos necesarios para el funcionamiento de la Fundaci\u00f3n.<br \/>\ne) Hacer uso del voto de calidad para dirimir las cuestiones que se susciten en el seno del Consejo Rector.<br \/>\nf) Desarrollar todas las dem\u00e1s facultades que otorgue el Consejo Rector.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 12.- Composici\u00f3n de la Comisi\u00f3n Ejecutiva.<\/strong><\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Ejecutiva est\u00e1 integrada por los siguientes miembros, ( o por los t\u00e9cnicos que estos miembros expresamente designen) todos con voz y voto:<br \/>\na) Presidente: elegido por mayor\u00eda absoluta de entre los miembros vocales de la Comisi\u00f3n Ejecutiva.<br \/>\nb) Vicepresidente: elegido por el Presidente de la Comisi\u00f3n Ejecutiva de entre los miembros vocales de la Comisi\u00f3n Ejecutiva.<br \/>\nc) Vocales:<br \/>\n-Consejero de Cultura de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<br \/>\n-Consejero de Medio Ambiente de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<br \/>\n-Consejero de Obras P\u00fablicas y Pol\u00edtica Territorial de l Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<br \/>\n-Consejero de la Presidencia de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<br \/>\n-Consejero de Econom\u00eda, Hacienda y Patrimonio de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<br \/>\n-Viceconsejero de Turismo de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<br \/>\n-Tres miembros elegidos por el Consejo Rector de entre sus componentes.<br \/>\nd) Secretario: que asistir\u00e1 con voz y sin voto, que ser\u00e1 elegido por mayor\u00eda simple de los miembros de la Comisi\u00f3n Ejecutiva, previa propuesta del Presidente de la Comisi\u00f3n.<br \/>\ne) El Director-Gerente, que asistir\u00e1 con voz y sin voto.<br \/>\nLa Comisi\u00f3n Ejecutiva podr\u00e1 recabar el asesoramiento y la asistencia con voz y sin voto, cuando lo estime oportuno, de especialista en los temas a tratar. Tambi\u00e9n podr\u00e1n asistir a las reuniones de la Comisi\u00f3n Ejecutiva, cuando sean requeridos, asesores o representantes de las comisiones de asesoramiento.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 13.- Competencias de la Comisi\u00f3n Ejecutiva.<\/strong><\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Ejecutiva tiene las siguientes atribuciones.<br \/>\na) Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector.<br \/>\nb) Aprobar los proyectos de presupuestos y la propuesta del plan anual de actuaci\u00f3n y presentarlos al Consejo Rector, para su aprobaci\u00f3n.<br \/>\nc) Aprobar la organizaci\u00f3n de los servicios de la Fundaci\u00f3n y controlar la actividad de los mismos.<br \/>\nd) Potenciar la elaboraci\u00f3n de los diferentes planes y proyectos sobre patrimonio melillense: Investigaci\u00f3n y estudio, concienciaci\u00f3n ciudadana, tareas de asesoramiento, protecci\u00f3n, fomento y vigilancia, que aparecen desarrolladas en el anexo n\u00ba 1 de estos Estatutos.<br \/>\ne) Aprobar y proponer la jerarquizaci\u00f3n de prioridades en la ejecuci\u00f3n del plan general de obras de restauraci\u00f3n y rehabilitaci\u00f3n, del \u00e1mbito de acci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n reflejado en el art\u00edculo 3 del presente Estatuto, en el marco general de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<br \/>\nf) Aprobar y potenciar el marco de colaboraci\u00f3n con las Consejer\u00edas de Medio Ambiente y de Obras P\u00fablicas , mediante la creaci\u00f3n de Comisiones t\u00e9cnicas, con el fin de asesorar, documentar y conseguir un \u00f3ptimo tratamiento del Patrimonio en los proyectos , obras y planes urban\u00edsticos llevados a cabo por la Ciudad de Melilla.<br \/>\ng) Aprobar y potenciar el marco de colaboraci\u00f3n con la Consejer\u00eda de Cultura y el apoyo y colaboraci\u00f3n con la Comisi\u00f3n de Patrimonio Hist\u00f3rico-Art\u00edstico de Melilla.<br \/>\nh) Aprobar y potenciar el marco de colaboraci\u00f3n con la Consejer\u00eda de Educaci\u00f3n y con la Viceconsejer\u00eda de Turismo de la Ciudad Aut\u00f3noma.<br \/>\ni) Crear Comisiones T\u00e9cnicas, con el fin de asesorar, documentar y conseguir un \u00f3ptimo tratamiento del Patrimonio en los Proyectos, obras y planes urban\u00edsticos llevados a cabo por la Ciudad Aut\u00f3noma.<br \/>\nj) Proponer al Consejo Rector la forma y cuant\u00eda de las dietas y retribuciones de los miembros del Consejo Rector y de la Comisi\u00f3n Ejecutiva.<br \/>\nk) Proponer al Consejo Rector la plantilla del personal y la forma de provisi\u00f3n de los puestos creados.<br \/>\nl) Contratar y despedir, previa propuesta del Presidente de la Comisi\u00f3n Ejecutiva de la Fundaci\u00f3n, al personal correspondiente a la plantilla de la Fundaci\u00f3n.<br \/>\nm) Resolver los expedientes administrativos que se tramitan en la Fundaci\u00f3n, salvo en aquellas materias expresamente atribuidas a otros \u00f3rganos.<br \/>\nn) Resolver las reclamaciones previas a la v\u00eda laboral interpuestas por el personal al servicio de la Fundaci\u00f3n.<br \/>\nContra los actos y resoluciones de la Comisi\u00f3n Ejecutiva cabr\u00e1 interponer recurso de alzada ante el Consejo Rector.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 14.- Reuniones de la Comisi\u00f3n Ejecutiva.<\/strong><\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Ejecutiva se reunir\u00e1 en sesi\u00f3n ordinaria al menos una vez al mes, y en sesi\u00f3n extraordinaria siempre que sea convocada por su Presidente.<br \/>\nLas reuniones se celebrar\u00e1n en primera convocatoria cuando concurra, como m\u00ednimo, la mitad m\u00e1s uno de sus miembros. De no alcanzarse dicho qu\u00f3rum, se celebrar\u00e1 a la media hora en segunda convocatoria cuando concurra, al menos, un tercio de sus miembros.<br \/>\nLos acuerdos requerir\u00e1n el voto favorable de la mayor\u00eda simple de los miembros presentes en la reuni\u00f3n.<br \/>\nEn caso de imposibilidad del Presidente para presidir la Comisi\u00f3n Ejecutiva, lo har\u00e1 el Vicepresidente.<br \/>\nLa representaci\u00f3n para concurrir a la Comisi\u00f3n Ejecutiva habr\u00e1 de recaer necesariamente en otro vocal de la misma.<\/p>\n<p>S\u00f3lo podr\u00e1n asistir a la Comisi\u00f3n los vocales de la misma, salvo que excepcionalmente, el Presidente autorice a cualquier persona no vocal para asistir con voz pero sin voto.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 15. Competencias del Presidente de la Comisi\u00f3n Ejecutiva.<\/strong><\/p>\n<p>El presidente de la Comisi\u00f3n Ejecutiva tendr\u00e1 las siguientes atribuciones:<br \/>\na) El ejercicio ante los Tribunales de todo tipo de acciones judiciales.<br \/>\nb) Velar por la ejecuci\u00f3n de los acuerdos que adopte el Consejo Rector y la Comisi\u00f3n Ejecutiva.<br \/>\nc) Proponer a la Comisi\u00f3n Ejecutiva las contrataciones y despidos del personal correspondiente a la plantilla de la Fundaci\u00f3n.<br \/>\nd) Hacer uso del voto de calidad para dirimir las cuestiones que se susciten en el seno de la Comisi\u00f3n.<br \/>\ne) La direcci\u00f3n exclusiva del proyecto cient\u00edfico de la fundaci\u00f3n, en aras a la consecuci\u00f3n de los fines conservaci\u00f3n, restauraci\u00f3n, acrecentamiento y revalorizaci\u00f3n de la riqueza monumental de Melilla.<br \/>\nf) La elaboraci\u00f3n del proyecto del plan general de actuaciones para el desarrollo de los fines de la fundaci\u00f3n indicados en el anexo n\u00ba 1, estudiar, encargar, tramitar y elaborar los diferentes planes proyectos de investigaci\u00f3n, estudio, protecci\u00f3n, vigilancia, inspecci\u00f3n concienciaci\u00f3n, fomento y cuidado sobre el patrimonio melillense, su seguimiento y ejecuci\u00f3n una vez aprobado dicho plan por el Consejo Rector o la Comisi\u00f3n Ejecutiva.<br \/>\ng) La gesti\u00f3n de recursos financieros, presupuestarios y contables, ordenando gastos y contrayendo obligaciones conforme al presupuesto, o de acuerdo con las delegaciones recibidas, en representaci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n.<br \/>\nh) Elaborar el anteproyecto de presupuestos y el de liquidaci\u00f3n del presupuesto vencido con el asesoramiento del Director-Gerente.<br \/>\ni) La gesti\u00f3n del patrimonio de la fundaci\u00f3n y de los bienes que corresponden a los servicios a su cargo.<br \/>\nj) La tramitaci\u00f3n administrativa de las actuaciones de la Fundaci\u00f3n y la incoaci\u00f3n de los expedientes administrativos.<br \/>\nk) Dictar todos aquellos actos administrativos y de gesti\u00f3n ordinaria del personal que no figuren atribuidos a otros \u00f3rganos.<br \/>\nl) Preparar la documentaci\u00f3n que deba someterse a la consideraci\u00f3n del Consejo Rector y de la Comisi\u00f3n Ejecutiva e informar de todo lo necesario para el adecuado ejercicio de sus competencias.<br \/>\nm) Las dem\u00e1s funciones que le deleguen el Consejo Rector y la Comisi\u00f3n Ejecutiva.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 16.- Del Director Gerente.<\/strong><\/p>\n<p>El cargo de director Gerente deber\u00e1 recaer en un funcionario de carrera o laboral de las Administraciones P\u00fablicas o un profesional del sector privado, titulados superiores en ambos casos, y con m\u00e1s de cinco a\u00f1os de ejercicio profesional en el segundo. Su experiencia versar\u00e1 preferentemente sobre el \u00e1mbito cultural, con conocimientos en rehabilitaci\u00f3n del patrimonio y en la realidad del patrimonio melillense en sus variados aspectos (hist\u00f3rico, arqueol\u00f3gico, jur\u00eddico, documental o art\u00edstico). En caso de ser funcionario de carrera podr\u00e1 ejercer, asimismo el cargo de Secretario del Consejo Rector.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 17. Competencias del Director-Gerente.<\/strong><\/p>\n<p>Corresponde al Director-Gerente impulsar y coordinar el funcionamiento de los servicios a su cargo y, en particular:<br \/>\na) Asesorar al Presidente de la Comisi\u00f3n Ejecutiva en la direcci\u00f3n del proyecto cient\u00edfico de la Fundaci\u00f3n, en aras a la consecuci\u00f3n de los fines de consecuci\u00f3n de los fines de conservaci\u00f3n, restauraci\u00f3n, acrecentamiento y revalorizaci\u00f3n de la riqueza monumental de Melilla.<br \/>\nb) Colaborar con el Presidente de la Comisi\u00f3n Ejecutiva en la elaboraci\u00f3n del proyecto del Plan General de actuaciones para el desarrollo de los fines de la Fundaci\u00f3n indicados en el anexo I.<br \/>\nc) Colaborar con el Presidente en la Comisi\u00f3n Ejecutiva en el estudio, tramitaci\u00f3n y elaboraci\u00f3n de los diferentes planes y proyectos de investigaci\u00f3n, estudio, protecci\u00f3n, vigilancia, inspecci\u00f3n, concienciaci\u00f3n fomento y cuidado sobre el patrimonio melillense , as\u00ed como, su seguimiento y ejecuci\u00f3n, en sus aspectos t\u00e9cnicos, una vez aprobado dicho plan por el Consejo Rector o la Comisi\u00f3n Ejecutiva.<br \/>\nd) El seguimiento de los proyectos y obras que se encarguen y realicen y de los servicios que prestan.<br \/>\ne) La jefatura de personal y la direcci\u00f3n del personal investigador.<br \/>\nf) La tramitaci\u00f3n administrativa y la incoaci\u00f3n de expedientes administrativos propios de sus competencias.<br \/>\ng) Asesorar, mediante informe, al Presidente de la Comisi\u00f3n Ejecutiva, en la elaboraci\u00f3n del anteproyecto de presupuestos y el de liquidaci\u00f3n del presupuesto vencido.<br \/>\nh) Las dem\u00e1s funciones que se le encomienden o deleguen por parte de la Comisi\u00f3n Ejecutiva o el Presidente de la misma.<\/p>\n<p><strong style=\"text-decoration-line: underline; text-decoration-color: #E2B13B;\">CAPITULO III<\/strong><\/p>\n<p><strong>R\u00e9gimen Econ\u00f3mico.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 18. Recursos Econ\u00f3micos.<\/strong><\/p>\n<p>Los recursos econ\u00f3micos de la fundaci\u00f3n son los siguientes:<br \/>\na) Las aportaciones de la Ciudad Aut\u00f3noma.<br \/>\nb) Rendimiento de sus servicios.<br \/>\nc) Subvenciones y otros ingresos de derecho p\u00fablico o privado.<br \/>\nd) Empr\u00e9stitos y pr\u00e9stamos.<br \/>\ne) Aquellos otros legalmente establecidos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 19. Patrimonio.<\/strong><\/p>\n<p>La fundaci\u00f3n posee un patrimonio vinculado a sus fines, que est\u00e1 integrado por los siguientes bienes:<br \/>\na) Los bienes adscritos o cedidos por la Ciudad Aut\u00f3noma.<br \/>\nb) Los bienes que adquiera la Fundaci\u00f3n por cualquier otro concepto.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 20. Control financiero.<\/strong><\/p>\n<p>El control financiero de la Fundaci\u00f3n se realizar\u00e1 de acuerdo con las normas financieras y tributarias aplicables a la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 21.- R\u00e9gimen de Contrataci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>El r\u00e9gimen de contrataci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n se ajustar\u00e1 a la normativa reguladora de la contrataci\u00f3n del Sector P\u00fablico, como prescribe el art\u00edculo 2 de la ley 30\/2007, de 30 de octubre y, en todo caso, la normativa legal y reglamentaria vigente en materia de contrataci\u00f3n administrativa.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 22. Personal.<\/strong><\/p>\n<p>Con car\u00e1cter general, el personal de la Fundaci\u00f3n que pudiera contratarse estar\u00e1 sometido al r\u00e9gimen laboral, Este personal no guardar\u00e1, en ning\u00fan caso, relaci\u00f3n jur\u00eddica o laboral alguna con la Ciudad Aut\u00f3noma.<br \/>\nLa Fundaci\u00f3n podr\u00e1 contar igualmente, con el personal que le adscriba temporalmente la Ciudad Aut\u00f3noma y en funci\u00f3n de la decisi\u00f3n de la misma.<\/p>\n<p><strong style=\"text-decoration-line: underline; text-decoration-color: #E2B13B;\">CAPITULO IV<\/strong><\/p>\n<p><strong>Modificaci\u00f3n de los Estatutos y disoluci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 23.- Modificaci\u00f3n de los Estatutos de la Fundaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>La aprobaci\u00f3n de la modificaci\u00f3n de los estatutos de la Fundaci\u00f3n corresponder\u00e1 a la Asamblea de la Ciudad de Melilla, propuesta del Consejo Rector y una vez conocida por la Comisi\u00f3n Ejecutiva.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 24.- Disoluci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Corresponde proponer la disoluci\u00f3n de la Fundaci\u00f3n al Consejo Rector. Extinguida \u00e9sta, le suceder\u00e1 universalmente la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla<\/p>\n<p><strong>DISPOSICI\u00d3N FINAL.-<\/strong> Los contenidos de los presentes Estatutos deber\u00e1n generar la redacci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de los Reglamentos por la Ciudad Aut\u00f3noma, que se consideren necesarios a fin de desarrollar y hacer las competencias y funciones que afecten a sus distintas \u00e1reas.<\/p>\n<p><strong>ANEXO N\u00ba 1<\/strong><\/p>\n<p><strong>Funciones a desarrollar por la Fundaci\u00f3n Ciudad Monumental de Melilla.<\/strong><\/p>\n<p>A) Labores de Investigaci\u00f3n y estudio.<br \/>\n1) Fomentar los estudios y la investigaci\u00f3n sobre el patrimonio melillense en pro de su mantenimiento y potenciaci\u00f3n, con medios propios o mediante becas,<br \/>\n2) Generar y enriquecer fondos documentales y bibliogr\u00e1ficos sobre el patrimonio melillense que faciliten una mejor comprensi\u00f3n de su realidad, colaborando estrechamente en esta tarea con el Archivo Hist\u00f3rico de Melilla.<br \/>\n3) Acometer la realizaci\u00f3n u ofrecer el asesoramiento y cooperaci\u00f3n para la ejecuci\u00f3n el Cat\u00e1logo-inventario Monumental de Melilla, en vistas a una mayor racionalizaci\u00f3n de la protecci\u00f3n a los conjuntos hist\u00f3ricos.<br \/>\n4) Potenciar y promover, junto a las instituciones docentes, el estudio y la elaboraci\u00f3n de experiencias y materiales, en los diferentes niveles de la educaci\u00f3n Primaria, Secundaria y Bachillerato, de la realidad del Patrimonio melillense, como un instrumento fundamental para su valoraci\u00f3n y conservaci\u00f3n.<br \/>\n5) Asesorar a las Consejer\u00edas de la Ciudad Aut\u00f3noma, organismos p\u00fablicos de la Administraci\u00f3n y particulares, mediante la elaboraci\u00f3n de informes, sobre el Patrimonio de la ciudad.<br \/>\n6) Realizar congresos, seminarios o encuentros para fomentar el inter\u00e9s y estudio por el patrimonio melillense que divulguen a nivel local, nacional e internacional su valor, as\u00ed como los fines de la Fundaci\u00f3n.<br \/>\n7) Realizar o colocar en publicaciones que fomenten el conocimiento y estudio de Melilla la vieja y Melilla Modernista.<br \/>\n8) Fomentar la vinculaci\u00f3n y estrechar los lazos con instituciones nacionales e internacionales encargadas de potenciar el patrimonio y la cultura, intentando que Melilla figure en todos los foros europeos e internacionales en el \u00e1mbito cultural.<\/p>\n<p>B) Labores de Protecci\u00f3n e Inspecci\u00f3n.<br \/>\n1) Asesorar, documentar, apoyar la elaboraci\u00f3n y complementar en su caso cualquier plan que afecte a Melilla la Vieja de los comprendidos en la Ley de Patrimonio Hist\u00f3rico Espa\u00f1ol o en la Ley del suelo o el Plan Especial de Melilla la Vieja, as\u00ed como sus reformas o modificaciones, siendo su informe preceptivo y vinculante.<br \/>\n2) Asesorar, documentar, apoyar la elaboraci\u00f3n y cumplimentar en su caso cualquier plan urban\u00edstico que afecte a zona de Inter\u00e9s Cultural de los comprendidos en la Ley de Patrimonio Hist\u00f3rico espa\u00f1ol o en la Ley del Suelo o el futuro plan Especial de Protecci\u00f3n del Ensanche Modernista, as\u00ed como sus reformas o modificaciones, siendo su informe preceptivo.<br \/>\n3) Vigilar y determinar el cumplimiento de estos planes especiales protecci\u00f3n, asumiendo las competencias de control que la Ley de Patrimonio asigna a los organismos municipales.<br \/>\n4) Elaborar informes preceptivos y vinculantes para todos los proyectos de obras a realizar en los recintos monumentales de Melilla, por parte de cualquier consejer\u00eda de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla o de la Administraci\u00f3n del Estado. Asimismo realizar la inspecci\u00f3n y seguimiento de las obras de estos proyectos.<br \/>\n5) Elaborar informes para los proyectos de obras a realizar en los recintos monumentales de Melilla, por parte de la Administraci\u00f3n del Estado. Asimismo colaborar en la inspecci\u00f3n y seguimiento de las obras de estos proyectos.<br \/>\n6) Estrechar la coordinaci\u00f3n y colaboraci\u00f3n con la Comisi\u00f3n de Patrimonio Hist\u00f3rico Art\u00edstico de la Consejer\u00eda de Cultura. Informar a esta comisi\u00f3n de todo cuando pueda requerirse en estas materias, as\u00ed como los incumplimientos en zona monumental que afecten negativamente al patrimonio melillense.<br \/>\n7) Crear comisiones t\u00e9cnicas de seguimiento y control de proyectos y obras con las Consejer\u00edas de la Ciudad Aut\u00f3noma que desempe\u00f1an competencias de obras, restauraciones o actuaciones urban\u00edsticas sobre los recintos monumentales de Melilla la Vieja y Melilla Modernista.<\/p>\n<p>C) Informaci\u00f3n y concienciaci\u00f3n.<br \/>\n1) Realizar campa\u00f1as locales de conciencia (\u201csaber vivir y disfrutar la ciudad hist\u00f3rica\u201d), sobre el valor del Patrimonio hist\u00f3rico, art\u00edstico, arqueol\u00f3gico monumental de Melilla, destinado a sus habitantes.<br \/>\n2) Proponer a la Consejer\u00eda de Educaci\u00f3n y Viceconsejer\u00eda de Turismo la realizaci\u00f3n de visitas culturales permanentes. Realizar concursos y cert\u00e1menes permanentes sobre la valoraci\u00f3n de nuestro Patrimonio para todos los colectivos de ciudadanos.<br \/>\n3) Realizar campa\u00f1as de conciencia destinada a propietarios, vecinos y comerciantes de Melilla Modernista: La ciudad como derecho y como deber.<br \/>\n4) Establecer premios y distinciones a las mejores restauraciones, intervenciones sobre el patrimonio o actuaciones individuales o colectivas que reanuden en el acrecentamiento o revalorizaci\u00f3n del patrimonio en todos sus factores.<\/p>\n<p>D) Fomento y cuidado de Melilla la Vieja.<br \/>\n1) Establecer en coordinaci\u00f3n y colaboraci\u00f3n con las Consejer\u00edas de la Ciudad Aut\u00f3noma, el plan anual o bianual de obras de Restauraci\u00f3n a ejecutar en Melilla la Vieja y su orden de prioridades. Encargar posibles obras de restauraci\u00f3n del patrimonio, gestionar su ejecuci\u00f3n y controlar su finalizaci\u00f3n y puesta en uso adecuado.<br \/>\n2) Determinar el uso de edificios p\u00fablicos y fomentar su adecuada puesta en marcha.<br \/>\n3) Determinar labores de mantenimiento necesarias para los recintos de Melilla la Vieja<br \/>\n4) Controlar las labores de vigilancia de los recintos fortificados que ser\u00e1n entendidos como un museo en su conjunto, con la servidumbre de control propias de cualquier recinto hist\u00f3rico con innumerables elementos art\u00edsticos en su interior.<br \/>\n5) Fomentar y dinamizar el tejido social y econ\u00f3mico de Melilla La Vieja, mediante el apoyo a los programas sociales de formaci\u00f3n de empleo y apoyar la creaci\u00f3n de peque\u00f1as empresas culturales tur\u00edsticas y artesanales que propicien el desarrollo sostenible de la zona.<br \/>\n6) Fomentar modelos de recuperaci\u00f3n monumental que vinculen el patrimonio cultural con el medio ambiente.<br \/>\n7) Poner en explotaci\u00f3n y valor la Melilla subterr\u00e1nea: cuevas y minas.<\/p>\n<p>E) Cualquier otra competencia que pueda encomend\u00e1rsele o delegarse por parte de los distintos \u00f3rganos que componen la Administraci\u00f3n de la Ciudad Aut\u00f3noma de Melilla, en atenci\u00f3n a los fines que desarrolla la Fundaci\u00f3n Ciudad Monumental de Melilla.<\/p>\n<p><strong>ANEXO n\u00ba 2<\/strong><\/p>\n<p>Las Comisiones de asesoramiento y los asesores, tienen la funci\u00f3n de colaborar con la fundaci\u00f3n aportando distintos conocimientos -sensibles e ideas para el desarrollo de los fines de la Fundaci\u00f3n.<br \/>\nLa composici\u00f3n y n\u00famero de miembros que formen parte de estas Comisiones ser\u00e1n determinados por la Comisi\u00f3n Ejecutiva.<br \/>\nSe convocar\u00e1n reuniones de Asesoramiento discrecionalmente a iniciativa de la Comisi\u00f3n Ejecutiva o de su Presidente cuando la naturaleza de los asuntos a tratar lo requiera.<br \/>\nLas reuniones de las Comisiones de asesoramiento ser\u00e1n presididas por el Presidente de la Comisi\u00f3n Ejecutiva. Los asesores nombrados por la Comisi\u00f3n Ejecutiva realizar\u00e1n los informes que se soliciten.<br \/>\nEn todo caso y al margen de la potestad que la Comisi\u00f3n Ejecutiva desempa\u00f1a en el nombramiento de estos asesores y comisiones de asesoramiento, se sugieren los siguientes:<br \/>\nDe las Instituciones:<br \/>\nT\u00e9cnico de la Comisi\u00f3n de Patrimonio.<br \/>\nT\u00e9cnico de Cultura.<br \/>\nT\u00e9cnico de Archivo Central.<br \/>\nT\u00e9cnico de Museo de la Ciudad.<br \/>\nT\u00e9cnico de Turismo.<br \/>\nT\u00e9cnico de Medio Ambiente.<br \/>\nT\u00e9cnico de Obras P\u00fablicas.<br \/>\nT\u00e9cnico de Educaci\u00f3n<br \/>\nT\u00e9cnico de Inform\u00e1tica y comunicaciones.<\/p>\n<p>De Organismos:<br \/>\nColegio de Arquitectos<br \/>\nColegio de Aparejadores<br \/>\nAsociaci\u00f3n de Comerciantes<br \/>\nC\u00e1mara de Comercio<br \/>\nAsociaci\u00f3n de Estudios Melillenses<br \/>\nAsociaci\u00f3n de Vecinos[\/vc_column_text][\/vc_column][vc_column 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